
CONSTRUYENDO CIUDADANIA ALIMENTARIA.
El articulo Artículo 25 de la declaración universal de los Derechos Humanos reza: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y EN ESPECIAL LA ALIMENTACIÓN, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”.